sábado, 14 de marzo de 2015


¿Se puede pasear desnudo por las calles de la Ciudad?

Polémica
La pregunta surge tras la caminata de dos modelos en Boedo. Según la ley se trata de "exhibiciones obscenas" y tiene fuertes sanciones. Pero hay casos donde se pueden contemplar excepciones.
Dos modelos sorprendieron a todos el fin de semana cuando salieron a pasearse desnudas por las calles de Boedo. Apenas con unos tacos altos, fueron a una carnicería, pasaron por una florería o cruzaron la avenida San Juan. Hubo cientos de vecinos que contemplaron la escena en vivo y luego el fenómeno explotó en internet. A algunos el espectáculo les resultó indiferente, otros lo aplaudieron pero también hubo quienes se quejaron mucho por la exhibición. Y sugrió la duda: ¿Se puede andar desnudo por las calles de la Ciudad?
Clarin.com consultó al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad. Y la respuesta en principio es que no y que puede haber fuertes sanciones para quienes lo hagan porque se estaría incurriendo en el delito de "exhibiciones obsenas". Pero hay ciertas consideraciones que tiene la ley y en algunos casos se podría entender que es posbile hacerlo y puede no tener castigo.

¿Qué dice la ley? El artículo 129 del Código Penal indica que "será reprimido con multa de mil a quince mil pesos el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros". Esto es lo que ocurrió el domingo, cuando Paula Brindisi, conocida como Avril X, y la modelo Titania Tagliani, representaron una performance de "urbanudismo", o la acción de pasearse sin ropa frente a vecinos vestidos como parte de un proyecto artístico.
Según el Código, la sanción puede ser incluso más fuerte si hay testigos menores de edad. "Si los afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de prisión de seis meses a cuatro años".

Pero desde el Ministerio Público Fiscal aclararon a Clarin.com que ese artítulo se aplica rigurosamente cuando alguien se desnuda con la intención de molestar o agredir a los demás. Y que hay en la ley "una interpretación que deja a criterio del juez la aplicación de la pena según el contexto en el que ocurra la desnudez, por ejemplo si está dentro de un hecho artístico", como dicen que lo hicieron las chicas que se mostraron en Boedo.
En la propia interpretación que figura en el artículo 129 se aclara que "el magistrado no sólo debe interpretar la norma bajo estudio, sino también es su obligación darle un alcance determinado que permita establecer si la acción investigada se ajusta a los parámetros establecidos por el tipo penal". Y lo más importante, agrega que lo "obsceno depende del tiempo y del lugar, y por ello, es que resulta un concepto dinámico y variable, imposibilitando una definición unívoca".

Así es que el polémico paseo del fin de semana en Boedo, si es tomado como una manifestación artística puede no ser un delito. Las modelos lo defienden como tal: "El urbanudismo es un proyecto fotográfico que empezó en Barcelona en 2004 y tiene un fin artístico. La idea es exponer la sensación que le genera a los demás ver gente desnuda realizando acciones cotidianas, las mismas que hace la gente vestida. Con el material quiero hacer muestras de fotos en galerías de arte y editar un libro", explicó luego de su exhibición Brindisi, que se hizo conocida cuando, el 30 de diciembre de 2004, cruzó la 9 de Julio sin otra ropa que su piel.
El organismo que nuclea a los fiscales porteños aclaró además que por el momento no se habían registrado denuncias que exigieran la intervención judicial por la exhibición del domingo. Y las modelos aseguraron que "la gente estuvo muy receptiva y no hubo ningún tipo de problema".